CAPÍTULO XLIII

LOS QUE LLEGAN TARDE A LA OBRA DE DIOS O A LA MESA

 

1 Cuando sea la hora del Oficio divino, ni bien oigan la señal, dejen todo lo que tengan entre manos y acudan con gran rapidez, 2 pero con gravedad, para no provocar disipación. 3 Nada, pues, se anteponga a la Obra de Dios.

4 Si alguno llega a las Vigilias después del Gloria del salmo 94 (que por esto queremos que se diga muy pausadamente y con lentitud), 5 no ocupe su puesto en el coro, sino el último de todos o el lugar separado que el abad determine para tales negligentes, para que sea visto por él y por todos. 6 Luego, al terminar la Obra de Dios, haga penitencia con pública satisfacción.

7 Juzgamos que éstos deben colocarse en el último lugar o aparte, para que, al ser vistos por todos, se corrijan al menos por su misma vergüenza. 8 Pero si se quedan fuera del oratorio, habrá alguno quizás que se vuelva a acostar y a dormir, o bien se siente afuera y se entretenga charlando y dé ocasión al maligno. 9 Que entren, pues, para que no lo pierdan todo y en adelante se enmienden.

10 En las Horas diurnas, quien no llega a la Obra de Dios hasta después del verso y del Gloria del primer salmo que se dice después del verso, quédese en el último lugar, según la disposición que arriba dijimos, 11 y no se atreva a unirse al coro de los que salmodian, hasta terminar esta satisfacción, a no ser que el abad lo perdone y se lo permita; 12 pero con tal que el culpable satisfaga por su falta.

13 Quien por su negligencia o culpa no llega a la mesa antes del verso, de modo que todos juntos digan el verso y oren y se sienten a la mesa a un tiempo, 14 sea corregido por esto hasta dos veces. 15 Si después no se enmienda, no se le permita participar de la mesa común, 16 sino que, privado de la compañía de todos, coma solo, sin tomar su porción de vino, hasta que dé satisfacción y se enmiende. 17 Reciba el mismo castigo el que no esté presente cuando se dice el verso después de la comida.

18 Nadie se atreva a tomar algo de comida o bebida ni antes ni después de la hora establecida. 19 Pero si el superior le ofrece algo a alguien, y éste lo rehúsa, cuando lo desee, no reciba lo que antes rehusó, ni nada, absolutamente nada, antes de la enmienda correspondiente.

 

 

 

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