CAPÍTULO XXIV

CUAL DEBE SER EL ALCANCE DE LA EXCOMUNIÓN

 

1 La gravedad de la excomunión o del castigo debe calcularse por la gravedad de la falta, 2 cuya estimación queda a juicio del abad.

3 Si un hermano cae en faltas leves, no se le permita compartir la mesa. 4 Con el excluido de la mesa común se seguirá este criterio: En el oratorio no entone salmo o antífona, ni lea la lectura, hasta que satisfaga. 5 Tome su alimento solo, después que los hermanos hayan comido; 6 así, por ejemplo, si los hermanos comen a la hora de sexta, coma él a la de nona, si los hermanos a la de nona, él a la de vísperas, 7 hasta que sea perdonado gracias a una expiación conveniente.

 

 

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